¿Cómo se debe entender «la condición de tal» en el delito de feminicidio? [RN 1314-2022 Lima Este]
POR: MUNDO JURÍDICO Fundamento destacado: 23. Dicho esto, el delito de feminicidio establece como conducta típica que un hombre mate a una mujer por su condición de tal, en cualquiera de los contextos señalados en la norma. El elemento típico “por su condición de tal” es lo que determina la naturaleza de este delito, pues significa que el motivo por el que el sujeto activo le quita la vida a la mujer (sujeto pasivo) es porque aquella incumple un estereotipo de género que el sujeto activo le asigna como rol y mandato, que es reflejo de las estructuras de poder de una sociedad estereotipada que se mantiene en el tiempo. 26. Explica este Tribunal que, la configuración del tipo penal de feminicidio en su tipicidad objetiva del artículo 108- B el que mata a otro “por su condición de tal” a diferencia de un homicidio simple, tiene un elemento normativo que requiere una adjudicación interpretativa apelando a la Ley 30364, artículo 3.17 , el enfoque de género, el artículo 3 de su Reglamen